| Alerta
mundial sobre las negociaciones en la OMC-VII
ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
GINEBRA
COMITÉ
PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS,
DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES GEOGRÁFICAS
Decimoquinta sesión
Ginebra, 28 de noviembre a 2 de diciembre de 2005
COMPILACIÓN
DE PROPUESTAS RELATIVAS A LA LABOR FUTURA DEL
COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DISEÑOS
INDUSTRIALES E INDICACIONES GEOGRÁFICAS
Documento preparado por la Secretaría
ANEXO IV
TEXTO PRESENTADO POR
LA DELEGACIÓN DE MÉXICO
Al término de
la decimocuarta sesión del Comité Permanente sobre
el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones
Geográficas (SCT), se invitó a los Estados miembros
y observadores a presentar por escrito, a más tardar el 1
de julio de 2005, propuestas sobre la labor futura del SCT y a mencionar
las cuestiones que deben abordarse y con qué prioridad.
A este respecto, nos
complace comunicar que el Instituto considera de gran importancia
que el Comité continúe analizando y monitorizando
los temas que se enumeran a continuación, cuyo examen fue
interrumpido cuando la prioridad fue concedida al Tratado sobre
el Derecho de Marcas (TLT):
– indicaciones
geográficas;
– marcas y denominaciones comunes internacionales para sustancias
farmacéuticas (DCI);
– nombres de dominio de Internet;
– nombres de dominio de Internet e indicaciones geográficas;
– Artículo 6ter del Convenio de París;
– registros nacionales de marcas notoriamente conocidas;
– los diseños industriales y su relación con
las obras de arte aplicado;
– armonización sustantiva del Derecho de marcas (cuestionario
sobre la legislación y la práctica en el ámbito
de las marcas).
Se debe conceder prioridad
ahora al análisis de las indicaciones geográficas.
Hasta la novena sesión del SCT (11 a 15 de noviembre de 2002),
se consideraron temas tales como: la definición del objeto
de protección, la cuestión de si la protección
debe basarse en un registro, así como las posibles soluciones
para los conflictos que se plantean entre las marcas y las indicaciones
geográficas.
México
posee varias indicaciones geográficas de importancia económica
y cultural a escala mundial, como Tequila, Mezcal y Talavera. Es
por esta razón que el Instituto está interesado en
que continúe la labor en ese ámbito, con la mira puesta
en la promoción de la protección internacional de
las indicaciones geográficas.
También consideramos
prioritario que se continúe analizando el tema de los diseños
industriales y su relación con las obras de arte aplicado
y las marcas tridimensionales.
Este tema ya fue discutido
por primera y última vez en la novena sesión del SCT.
Se señaló que, en la mayoría de los países,
el régimen de los diseños industriales se inscribe
en el marco de la legislación sui generis, dadas sus características
especiales como producto de la expresión artística
que lo distingue de otros objetos de protección por propiedad
intelectual. Sin embargo, la naturaleza doble de los diseños
industriales, es decir, como expresiones que contienen características
funcionales y estéticas, y dada su esporádica asimilación
a obras de arte, plantea la cuestión de saber en qué
medida la protección por derecho de autor puede superponerse
a la protección por diseño industrial. Esto último
también se ha planteado en relación con las marcas
tridimensionales, y se señaló que la forma o la configuración
de un producto, su embalaje o envoltorio, pueden ser considerados
como marcas tridimensionales y, por consiguiente, beneficiarse de
protección siempre que sean suficientemente distintivos y
cumplan con las condiciones necesarias. Es fundamental para nuestro
Instituto aprender de las experiencias adquiridas por otras oficinas
nacionales en este ámbito.
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